Corrección del curso: Principios avanzados de justicia juvenil para niños condenados por delitos violentos de extremismo

Kessels, Eelco, Melissa Lefas, Junko Nozawa, Tinka M. Veldhuis, Eva Entenmann, y Liesbeth van der Heide.  2017. “Correcting the Course: Advancing Juvenile Justice Principles for Children Convicted of Violent Extremism Offenses.Washington D.C.: Global Center on Cooperative Security and International Centre for Counter-Terrorism, (septiembre). https://bit.ly/2iWHLi3

*Esta es una síntesis anotada realizada por CIPMEX sobre el texto arriba referido*

Este informe describe principios y recomendaciones que se deben de llevar a cabo con los delincuentes juveniles detenidos o condenados por terrorismo y crímenes  relacionados con el extremismo violento. Es un documento con tecnicismos de derecho penal y psicología penal.

Los principios que deben de guiar el tratamiento que se le debe de dar a los Juvenile Violent Extremist Ofender (JVEOs por sus siglas en inglés) están basados en estándares y normas de justicia juvenil. Estos principios están fundamentados en la premisa de que los delincuentes juveniles no han alcanzado niveles más altos de madurez mental, física o social y tienen una mayor capacidad de cambio. Algunos de estos principios son: (1) siempre se debe de primar la reintegración social de los jóvenes, de la misma manera (2) se debe de buscar medidas no privativas de la libertad y dejar el encarcelamiento como última opción y en su caso el menor tiempo posible; (3) buscar el mejor interés para el niño/joven, es decir, obliga a los tomadores de decisiones a buscar las medidas que sean menos obstructivas para el niño o joven. Sin embargo, se detecta que las medidas alternativas al encarcelamiento son la excepción más que la regla.

Para tener un mejor manejo en la gestión e intervenciones de los JVEOs se porpone hacer una serie de evaluaciones a los internos para tener un mejor entendimiento de la probabilidad de reincidencia, así como los factores que cuando se abordan a través del tratamiento personalizado puede reducir la probabilidad de volver a delinquir. Se propone hacer una evaluación de riesgos a los JVEOs para saber qué factores de riesgo contribuyeron a formar parte de estas conductas y delitos. Además, mencionan algunas propuestas como que es importante crear evaluaciones y herramientas para esta población en específico y que éstas sean validadas por investigaciones independientes. Se insta a hacer evaluaciones periódicas durante todo el proceso penal – en la fase previa al juicio, cuando se le pone bajo custodia, al entrar a centro de detención, entre otras etapas del proceso, con la finalidad de monitorear cambios en los riesgos y necesidades de los jóvenes.

Un ejemplo interesante de evaluaciones de riesgo para JVEO es el que se desarrolló en un centro penitenciario en Paquistán para los militantes varones menores de 18 años relacionados con los Talibanes, se llama: «Guía para la evaluación, intervención y reintegración de riesgos» (GRAIR por sus siglas en inglés).

El liderazgo efectivo y la gestión operativa en las instalaciones de custodia, junto con la infraestructura adecuada, son fundamentales para la rehabilitación y reintegración exitosas de los JVEOs, especialmente. En cuanto al lugar de detención, los estándares internacionales instan a que los niños y jóvenes estén separados de los adultos, se recomienda que la atención sea los más personalizada, la seguridad restringida y discreta. Mientras que hay un debate de si los VEO adultos deben o no estar separados de los demás internos o no – esto a que puedan radicalizar o reclutar a los otros internos -, así como si éstos deben de ser separados entre sí; no hay evidencias que apunten a que los JVEOs deberían estar separados de los demás internos juveniles. La legislación para jóvenes dicta que la separación de éstos debe de ser acorde únicamente a la atención que se le debe dar a los internos juveniles. También depende de cuántos JVEOs hayan, en caso de que tener pocos, vale la pena la integración, pero en casos de conflictos armados se han hecho centros específicos para estos jóvenes, por ejemplo, Colombia y Sir Lanka.

Se concluye que los JVEOs deben de ser tratados bajo estándares de justicia juvenil y que aunque las legislaciones nacionales a veces pongan más restricciones o condiciones especiales cuando se trata de casos de violencia, extremismo o terrorismo, tratándose de jóvenes o niños debe primar dichos estándares juveniles. El sistema judicial, correccional, de justicia condicional y la sociedad en general juegan un papel crítico en la rehabilitación y reintegración de los jóvenes con problemas con la ley.

 

*Si desea leer el texto original del autor referido, puede consultar este enlace: https://bit.ly/2iWHLi3

Comentarios