Escrito por: Paola Zuart. Publicado por El Sol de México el viernes 19 de julio de 2024. Haz click aquí para leer el texto original.
En México, diariamente se cometen crímenes de lesa humanidad con total impunidad por parte de fuerzas de seguridad contra víctimas inocentes e indefensas, especialmente mujeres y hombres sin vínculos con el crimen organizado y sin sospechas ni investigaciones en su contra.
Estos hechos están detallados en el libro «Permiso para matar», que documenta 1,524 casos de víctimas, algunas asesinadas y otras desaparecidas forzosamente, pero con el común denominador de ser víctimas de las fuerzas de seguridad simplemente por mostrar “comportamientos indebidos” que no representaban ningún delito, como portar cierta ropa, tatuajes, o actuar con nerviosismo ante uniformados.
Cada historia es única pero todas reflejan la realidad de México: violencia generalizada y sistemática, autoridades que permiten y facilitan estos abusos como parte de una política pública de seguridad, y una sociedad que normaliza estos horrores.
Estos actos no son casos aislados, sino parte de una política que facilita violaciones de derechos humanos, protegiendo a los perpetradores bajo un «manto de impunidad», como señala Jacobo Dayán. Esto permite a agentes estatales desaparecer, torturar o ejecutar sin consecuencias. A menudo se presenta el hecho como un enfrentamiento o se siembran armas y drogas; si esto no funciona, se intenta vincular a las víctimas con actividades ilícitas y sostener que “en algo andaban”.
En los pocos casos en los que se revela la responsabilidad, los responsables son descartados como «manzanas podridas», se les presenta como casos aislados y se promete una justicia que raramente se cumple.
Estos casos están conectados, revelando un patrón sistemático y generalizado. Todo esto, con el conocimiento y respaldo político de las más altas autoridades. Es así que nos enfrentamos ante crímenes de lesa humanidad, según lo definido por el Estatuto de Roma de la Corte Penal Internacional pero también ante violaciones a los Convenios de Ginebra, que prohiben que, en el contexto de un conflicto armado —que también puede surgir dentro del territorio nacional—, las fuerzas oficiales incurran en “atentados contra la vida y la integridad corporal” y cometan «ejecuciones sin previo juicio ante un tribunal legítimamente constituido, con garantías judiciales”.
También establecen que, en el marco de los conflictos armados, los civiles tienen derecho al respeto de su persona y que en todo momento deben ser tratados humanamente, sin ninguna distinción adversa. De igual modo, señala que está prohibida la violencia contra la vida, el bienestar físico o mental, en particular el asesinato, así como el trato cruel como la tortura.